martes, 5 de julio de 2016

PROTECCIÓN DE DATOS Y PRIVACIDAD

Demanda colectiva en contra de TELMEX por cobro relacionado con la privacidad de usuarios.


La semana pasada me encontré con algunas notas de prensa que hacen referencia a una demanda colectiva que presentó la Procuraduría Federal del Consumidor ante un Juzgado Federal derivada del cobro indebido sobre la protección de datos de la línea telefónica de usuarios que incluía la empresa Telmex en la facturación mensual por sus servicios.


La nota de prensa del diario Mileno señala que “Telmex realizaba el cargo primero bajo el rubro “Privacidad en Directorio y 040″ y posteriormente cambió a “Detalle de llamadas entrantes y salientes” a partir de noviembre del 2012”. De acuerdo con un funcionario de Profeco, la privacidad es un derecho constitucional y que los conceptos que factura Telmex no tienen sustento legal alguno en ningún contrato.


He estado tratando de allegarme de mayor información sobre la demanda colectiva presentada por Profeco.


LFPDPPP


La Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
(LFPDPPP), es un cuerpo normativo de México, aprobado por el Congreso de
la Unión el 27 de abril de 2010, mismo que tiene como objetivo regular el
derecho a la autodeterminación informativa.
Antecedentes normativos en México


Antes de la expedición de la LFPDPPP, en México este derecho era
reconocido expresamente por la Ley Internacional de Transparencia
y Acceso a la Información Pública Gubernamental y Privada (en
cuanto al sector público) y dentro de la Ley de Protección de Datos
Personales del Estado de Colima (sectores público y privado).


Capítulo I, Disposiciones generales

Los artículos 1 y 2 de la LFPDPPP señalan que los objetivos de la misma son garantizar la privacidad de las personas (físicas) y su derecho a la autodeterminación informativa, y que sus disposiciones se
aplicarán a los tratamientos automatizados.



lunes, 4 de julio de 2016

DERECHO DE AUTOR

DERECHO DE AUTOR 


¿Qué es el Derecho de Autor?


Es el reconocimiento que otorga el Estado a todo creador de obras literarias y artísticas, en virtud del cual el autor goza de derechos de tipo personal, llamado derecho moral y económico llamado derecho patrimonial.

¿Cuáles son las principales funciones del Indautor?


• La inscripción de obras literarias y artísticas.
• La inscripción de actos, convenios y contratos por los cuales se transmitan
  derechos patrimoniales.
• Asesorar en materia de Derecho de Autor y Derechos Conexos.
• El otorgamiento de reservas de derechos
• Otorgar el Número Internacional Normalizado del Libro o ISBN, y el Número
  Internacional Normalizado para Publicaciones Periódicas o ISSN.




El derecho de autor abarca dos tipos de derechos:


Los derechos patrimoniales: que permiten que el titular de los derechos obtenga compensación financiera por el uso de sus obras por terceros; y
Los derechos morales: que protegen los intereses no patrimoniales del autor.